FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD: ¿PARA QUÉ USAR LA INFORMACIÓN?
Según el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de productos químicos (SGA/ GHS) las FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD (FDS) constituyen un elemento importante para la comunicación de peligros, no sólo en situación de emergencia sino también para la toma de decisiones en la definición de prácticas de trabajo y en la operación diaria.
¿Para qué usar la información de las FDS?
Las FDS, Safety Data Sheet (SDS), Hojas de Datos de Seguridad (HDS) contienen información acerca de:
– Almacenar, manipular y eliminar productos químicos en forma segura.
– Efectos potenciales a la salud (exposición), indicaciones para trabajar en forma segura.
– Peligros derivados de propiedades fisicoquímicas.
– Efectos sobre el medio ambiente.
– Medidas de intervención en caso de emergencia.
El objetivo es permitir a quienes consultan las FDS implementar medidas necesarias que garanticen la protección de la salud, la seguridad en el lugar de trabajo y la protección del medio ambiente.
El SGA/GHS organiza la información de las Fichas de Datos de Seguridad en 16 SECCIONES, en un orden establecido.
TIP: Es una buena idea tener a disposición un poster con el resumen de los títulos de las 16 Secciones de las FDS, que facilite, a quienes consultan la información, identificar rápidamente cuál es la sección que necesitan revisar.
Este resumen puede colocarse por ejemplo en carteleras, pizarrones, carpetas, etc.
En cada sección de la FDS hay información específica. A continuación, un resumen del contenido de cada una de las 16 Secciones de las Fichas de Datos de Seguridad con ideas de cómo utilizar esta información- ¿Qué información tiene? ¿Para qué sirve?
En su conjunto, las 16 secciones de las FDS permiten contestar:
– ¿Cuál es el producto químico y qué peligros tiene?
– ¿Cómo responder a una emergencia?
– ¿Cómo prevenir que ocurran situaciones de emergencia asociadas a este químico?
– ¿Qué otra información es necesaria para la toma de decisiones?
Resumiendo, las FDS aportan información valiosa que requiere estar rápidamente disponibles y comprendida por quienes toman decisiones en el trabajo con productos químicos.
¿QUÉ DEBO HACER con las Fichas de Datos de Seguridad?
Cuando adquirimos un producto químico, éste debe estar acompañado de su respectiva FDS, el empresario no la debe archivar y olvidarse de la misma, se debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
- Debe estar a disposición de las personas que van a manipular el producto.
- Debe estar ubicada en un lugar accesible y cerca al producto químico.
- Debe facilitarse en el idioma oficial del país en el que se está comercializando el producto, caso contrario se puede solicitar al fabricante su modificación.
- Debe estar actualizada y disponible durante 10 años a contar a partir de cuando se comercializa por primera vez la sustancia.
- Cuando se escribe una nueva versión de la ficha debe hacerse constar la fecha.
- Mantener un fluido contacto con los proveedores, incluso para recabar información necesaria sobre productos, primeros auxilios y métodos de almacenamiento.
- Crear y mantener un registro actualizado de las FDS correspondientes a los diversos productos químicos utilizados en la empresa.
- En general, conviene conseguir las FDS de los productos químicos con antelación a su primer suministro con el objeto de poder decidir las mejores condiciones para su recepción, almacenado y manipulación (EPIs).
- Comprobar la coherencia entre las FDS y la etiqueta del producto y contrastar la información que contiene con las condiciones de utilización de este en la empresa.
- Utilizar la información que proporcionan las FDS para efectuar las evaluaciones de riesgos en el lugar de trabajo, mediante un análisis cruzado entre las propiedades de los productos y las condiciones de trabajo con los mismos, y para decidir las acciones más convenientes.
- Si trasvasamos los productos químicos, se debe etiquetar correctamente teniendo en cuenta el nombre del producto, los peligros, primeros auxilios y equipos de protección individual a utilizar para su manipulación.
- De esto último cabe recordar que los pictogramas de peligros y/o riesgos han sido modificados, se realizará un artículo más a profundidad sobre el etiquetado de productos químicos.
Fichas de Datos de Seguridad — FDS. Los empleadores deben garantizar que los fabricantes, importadores y/o proveedores de productos químicos peligrosos suministren las Fichas de Datos de Seguridad — FDS, las que deberán estar dispuestas los lugares de trabajo donde se utilicen y almacenen productos químicos, y contar con los elementos definidos por el anexo 4 — Guía para la elaboración de fichas de datos de seguridad (FDS) del SGA de la Organización de las Naciones Unidas, sexta edición revisada (2015), considerando lo siguiente:
16.1 Elaborarse en formato libre
16.2 Estar disponibles en idioma español, garantizando la comprensión por parte de los usuarios en los lugares de trabajo.
16.3 Los datos e información consignada en las FDS deben guardar coherencia con la información de las etiquetas de los productos químicos.
16.4 Registrar la línea de emergencias de acceso local o número gratuito a través de línea fija o celular y con disponibilidad 24 horas 7 días a la semana.
16.5 Incluir la fecha de elaboración, o en caso de ser una revisión, la fecha de la última revisión.
16.6 Estar disponibles siempre en medio físico o digital.
16.7 Estar ubicadas en un lugar visible y seguro donde no se encuentren expuestas a la intemperie o posibles emergencias con los productos químicos.
16.8 Contar con la información requerida en cada sección según lo definido en el SGA. Si no está disponible dicha información o no es aplicable, se podrán anotar el texto completo de «no disponible» o «no aplicable» o las siglas ND o NA, según sea el caso.
16.9 En lo relativo a la sección 8: Controles de Exposición y Protección Personal, los valores límites de exposición ocupacional corresponderán a los TLV definidos por la ACGIH vigentes a la fecha de elaboración o actualización de la FDS. En ésta misma sección se debe indicar el tipo de elementos de protección personal recomendados, precisando características como, por ejemplo, material de guantes, tipo de filtro, entre otras especificaciones.Artículo 17. Elaboración de Fichas de Datos de Seguridad FDS en lugares de trabajo. El empleador que hace las veces de proveedor ya sea como fabricante, importador o distribuidor de productos químicos peligrosos, o realiza mezclas propias o diluciones, será el responsable de la información de la FDS y deberá garantizar a la autoridad competente el acceso al soporte técnico y científico utilizado para su elaboración.
Artículo 18. Actualización de la información. La información de las etiquetas y FDS bajo el SGA se deberá actualizar cuando se sustituyan o adicionen productos químicos peligrosos, o cuando se cuente con información actualizada de los peligros y riesgos de estos.
Los empleadores deberán revisar a más tardar cada 5 años la información en la que se basan las etiquetas y las FDS de los productos químicos peligrosos utilizados en los lugares de trabajo, incluso si no se ha facilitado información nueva y significativa al respecto. En caso de identificar cambios o información nueva y significativa sobre los peligros de un producto químico, se deberán actualizar las etiquetas y las FDS correspondientes.
Artículo 19. Información Comercial Confidencial — ICC. El fabricante o el proveedor ya se trate de fabricante, importador o distribuidor de los productos químicos, definirá teniendo en cuenta las disposiciones de la Cámara Internacional de Comercio, como autoridad competente en ICC, la información comercial de los productos químicos que considere confidencial. En ningún momento, la ICC debe comprometer la salud y la seguridad de los trabajadores o la protección del medio ambiente.
En los productos químicos que incluyan ICC se podrá omitir los nombres de las sustancias, la descripción de su composición en mezclas y los números CAS y se señalará en la etiqueta y en la FDS que es secreto confidencial. El resto de la información de peligro del producto químico asociado a ICC deberá estar incluida tanto en la etiqueta como en la FDS. El empleador garantizará que el uso de dicho producto no comprometa la salud y la seguridad de los trabajadores.
El empleador, ante una situación de urgencia o emergencia en la que se requiera conocer las características y composición de un producto químico que se haya clasificado como ICC, contará con un canal de comunicación directo con los proveedores, ya se trate de fabricantes, importadores o distribuidores del producto, de manera que se pueda suministrar toda la información específica necesaria para el tratamiento y gestión de la emergencia en forma inmediata. Los profesionales que den manejo a la urgencia o emergencia deberán mantener la confidencialidad de la información.
Artículo 20. Envases. Todo envase que contenga productos peligrosos deberá cumplir las siguientes condiciones:
20.1 Estar diseñado de modo que se evite la pérdida del contenido, excepto cuando estén prescritos otros dispositivos de seguridad más específicos:
20.2 Los materiales con los que estén fabricados los envases y los cierres no deberán ser susceptibles al daño provocado por el contenido ni formar, con este último, combinaciones peligrosas;
20.3 Ser fuertes y resistentes en todas sus partes con el fin de impedir holguras y responder de manera segura a las exigencias normales de manipulación;
20.4 Los envases con un sistema de cierre reutilizable deberán estar diseñados de tal manera que puedan cerrarse repetidamente sin pérdida de su contenido.
20.5 Los envases utilizados para el trasvase de productos químicos no podrán provenir de productos alimenticios.