CONCEPTOS
Autoridad competente: aquella que en cualquier país controla el cumplimiento de las normas de protección radiológica y del transporte
de material radiactivo, en Colombia es el Ingeominas (Instituto
Colombiano de Geología y Minería)
Bulto: producto final de la operación de embalar/envasar, constituido
por el conjunto del embalaje/envase y su contenido preparado para
el transporte.
Embalaje/envase: recipiente y todos los demás componentes y materiales necesarios para que el recipiente desempeñe su función de contención.
Indice de transporte: es un número único asignado a un bulto, sobreenvase o contenedor, que se utiliza para controlar la exposición a las radiaciones.
OIEA: es la sigla de Organismo Internacional de Energía Atómica, el
cual es el principal foro intergubernamental para la cooperación científica y técnica en materia de utilización de la energía nuclear con
fines pacíficos, fue creado en 1957 como organismo autónomo de la
ONU, y proporciona asistencia a 131 estados miembros.
Radiación artificial: es la radiación proveniente de los generadores de rayos X, unidades de teleterapia, radioisótopos usados para diagnóstico médico y aplicaciones en industria y agricultura, fuentes
abiertas y selladas, ensayos nucleares y desechos radiactivos.
Radiaciones ionizantes: son radiaciones electromagnéticas o partículas que al interactivar con la materia alteran su estado físico, produciendo ionizaciones. En ciertos casos, la presencia de los iones en los tejidos vivos alteran procesos biológicos normales.
Radiación natural: corresponde a la radiación proveniente de los rayos cósmicos, rocas, tierra, alimentos, materiales de construcción,
agua, cuerpo humano, aire.
Segregar: separar, apartar o aislar una mercancía peligrosa de otra que puede ser o no peligrosa, de acuerdo con la incompatibilidad que
exista entre ellas.